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Cobro excesivo por información es desconocer derechos humanos: Infoqro

Javier Rascado agregó que, de presentarse el mismo caso el siguiente año, posiblemente hasta Infoqro promueva una acción de inconstitucionalidad. El comisionado presidente confirmó la violación al artículo 6 de la Constitución

Quienes elaboran y aprueban las leyes de ingresos de los municipios desconocen los criterios nacionales sobre derechos humanos, prueba de ello son los altos cobros que tienen sujetos obligados por la búsqueda o entrega de información pública, sentenció Javier Rascado Pérez, presidente de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado (Infoqro), quien también admitió que “realmente nosotros no nos habíamos percatado de esa situación”.

En la pasada edición de Tribuna de Querétaro se informó que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emprendió una demanda de acción de inconstitucionalidad contra los municipios de Querétaro porque los altos cobros por acceder a información inhibían este derecho.

El comisionado presidente indicó que estos cobros se sustentan en las leyes de Hacienda, ya que estas tienen vigencia anual y sería hasta finales de este año cuando la Legislatura del Estado apruebe los nuevos cobros para 2020. Los costos varían entre varios municipios del estado y rondan precios desde 4 hasta 420.17 pesos por reproducciones de información en disco compacto (CD).

Javier Rascado Pérez dijo que no conoce los criterios que cada municipio tuvo para establecer los cobros: “Desconocemos si hicieron estudios técnicos o en qué se basaron. Lo que nos queda claro es que está mal hecho”, y agregó que “la ley es muy clara, la ley general te dice que tenía que atender al costo de los materiales de reproducción, no podemos ir más allá de eso”, señaló; por ello, el comisionado sostuvo que sí fue una falta al artículo 6 constitucional.

Sobre el acceso a la información, recordó que cuando el particular solicita la información vía correo electrónico se le entrega sin ningún costo, en cambio “si la pides en copias simples pues se te tendría que cobrar el costo de la copia simple en su valor comercial” o en un CD que, como mencionó, también tendría que ser al costo de su valor en el mercado o bien traer un CD propio. Añadió: “Irnos más allá es justamente lo que se refiere la CNDH que inhibe justamente el ejercicio de derecho de acceso a la información”.

Actualmente no han tenido queja alguna por los cobros. “Incluso, a raíz de la nota estuvimos haciendo una revisión de los expedientes. Y no: cosas que nosotros incluso desconocíamos”, comentó el también académico de la Universidad Autónoma de Querétaro (UAQ).

Reducir costos

Además, apuntó que en Infoqro estarán “sumamente atentos a lo que resuelva la Suprema Corte de Justicia de la Nación (…), ya con ese criterio nosotros, a finales de este año, nos acercaremos a todos los municipios para que las leyes de ingresos consideren esos criterios y sepan que no pueden hacer un costo excesivo”, declaró Javier Rascado. Agregó que, en caso de presentarse el mismo caso el siguiente año, posiblemente también promuevan una acción de inconstitucionalidad.

Desde Infoqro, agregó el presidente del órgano autónomo, lo que sigue será reducir los costos que están establecidos y recolocarlos por el costo de los materiales que tienen en el mercado: “Nosotros no establecemos los costos (…) Cada sujeto obligado en el ámbito de su ley de ingresos lo establece”; y, en lo que a la comisión le respecta, sería hacerles “saber es el criterio que se emite a nivel nacional para que lo consideren y no se vayan más allá de lo que dice la corte”.

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