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Jubilaciones se dan al 100%: Guerra Becerra

Por: Noé Girón

Ante las demandas expresadas por jubilados del Sindicato de Trabajadores y Empleados de la Universidad (STEUAQ) respecto a presuntos descuentos que han recibido en sus pagos desde enero de este año, Óscar Guerra Becerra, abogado general de la UAQ, manifestó que la razón del descontento es una “discrepancia” en cuanto a lo que establece la cláusula 85 del Contrato Colectivo de Trabajo.

“No son propiamente descuentos. Nuestro Contrato Colectivo de Trabajo tanto para el SUPAUAQ como para el STEUAQ dice que la universidad debe garantizar que quien se jubila perciba, por esa jubilación dinámica que se conoce, el 100% de lo que percibió en su último puesto tabulado.

“Entonces al suponer que alguien se jubila y su sueldo tabulado era de 5 mil pesos y lo que dice el contrato colectivo de trabajo es que la universidad complementa para esa jubilación, debe complementar lo que aporta el IMSS. ¿Cómo aporta el IMSS? A través de una pensión.

“Si de esos 5 mil pesos al pensionarse el trabajador el IMSS da 2 mil, la universidad da 3 mil y ya tiene sus 5 mil. Lo que ellos afirman es que pensión y jubilación son diferentes y que deben pagarse las dos al 100%. Nosotros les hemos dicho que desafortunadamente no es así”, señaló.

Guerra Becerra expresó que la universidad había escuchado los planteamientos de los jubilados y del sindicato y que en base a ello, “de la plática que tuvimos algunos quieren acercarse para ver asuntos particulares porque son diferentes (…) Veremos el expediente y cómo está cada caso particular. Y desde luego dejar vivo el derecho de que aquellos que consideren que un derecho se les haga a un lado pues pueden acudir sin ningún problema a la autoridad.”

Óscar Guerra Becerra refirió que dos tribunales federales ya han emitido dos resoluciones en las cuales se le da la razón a la Universidad Autónoma de Querétaro. Dichas resoluciones corresponden al expediente número 10718/09/51 en cumplimiento a la ejecutoria de amparo 868/2013, dictada por el segundo tribunal colegiado del vigésimo segundo circuito y la otra es la dictada en el expediente 6758/08/51 y este fue dictado en complemento a la fecha 3 de abril del 2014 del amparo directo número 1119/2013 por el primer tribunal colegiado. En las dos resoluciones se le ha dado la razón a la Universidad y se le ha absuelto de pagar el 100%.

El abogado general de la Universidad expresó que existen demandas en tribunales respecto al tema y que en dado caso de que los tribunales ordenaran pagar el 100% y tras agotar las instancias correspondientes, ellos lo harán.

“Si un tribunal resuelve en un sentido diverso a esto, pues ya después de haber agotado todas las instancias pues desde luego que tenemos que cumplir si algún tribunal ya después del amparo nos dice hay que pagar al 100%, pues lo pagaremos”, concluyó.

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