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Ley Chepe enfrenta cuestionamientos por su posible incompatibilidad con la justicia penal para adolescentes

El pasado 20 de mayo se realizó el anuncio público de la iniciativa de ley «Ley Chepe» impulsada por el alcalde de Corregidora, Josué «Chepe» Guerrero; la cual, bajo el argumento de frenar el reclutamiento de jóvenes por el crimen organizado, sancionará con mayor severidad las conductas delictivas de alto impacto. Esta medida busca autorizar que adolescentes de entre 15 y 17 años sean juzgados bajo el régimen penal de adultos y reciban penas severas de encarcelamiento cuando incurran en delitos como homicidio doloso, feminicidio, secuestro o delincuencia organizada. «En Corregidora y en Querétaro creemos en nuestros jóvenes […]. Pero también hay quienes deciden tomar otro camino. Y quien decide violar, matar o secuestrar, debe enfrentar las consecuencias, sin importar la edad», aseguró el alcalde haciendo referencia a casos que han sucedido en el país como el de Osmar «N», un adolescente de 15 años que asesinó a con un arma de fuego a dos profesoras en Michoacán, y el caso de un alumno de secundaria que apuñaló a uno de sus maestros en Tabasco.

Dicha propuesta de ley fue aprobada por el Cabildo, por lo que cuenta con el respaldo institucional del municipio de Corregidora para su trámite, siendo que en julio fue recibida por la LXI Legislatura e ingresó formalmente a la Mesa Directiva del Congreso local. Fue sometida a dictaminación y discusión dentro de las comisiones correspondientes, de manera que incluso el debate llegó al Senado de la República como una propuesta para abrir una discusión más amplia sobre la justicia penal para adolescentes en México. 

Sin embargo, a pesar de contar con el respaldo de sectores que demandan «mano dura» ante la delincuencia, la iniciativa ha sido cuestionada por juristas, organizaciones civiles y defensores de derechos humanos. El análisis de la propuesta a través de los informes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tratados internacionales de la ONU y el Artículo 18 de la Constitución Mexicana revela graves inconsistencias jurídicas que contiene la Ley Chepe. 

Uno de los principales cuestionamientos se centra en el Principio de Especialización de la Justicia para Adolescentes. Instrumentos como la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y las Reglas de Beijing establecen que todas las personas menores de 18 años deben ser juzgadas dentro de un sistema especializado, con autoridades, procedimientos y medidas distintas a las del sistema penal para adultos. En ese mismo sentido, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha señalado que los Estados no deben excluir a adolescentes de dicho sistema por la gravedad del delito cometido.

Desde esta perspectiva, la propuesta de someter a jóvenes de entre 15 y 17 años a un tratamiento similar al de los adultos podría contravenir el principio de especialización previsto en los estándares internacionales.

Asimismo, la iniciativa podría entrar en tensión con el Fin Socioeducativo de la Justicia Juvenil; tanto la Convención sobre los Derechos del Niño como los criterios desarrollados por la CIDH establecen que el objetivo del sistema especializado no es privilegiar el castigo, sino promover la rehabilitación, la reintegración social y el desarrollo integral del adolescente. Bajo este enfoque, la adopción de medidas orientadas a endurecer las sanciones podría alejarse del modelo restaurativo que rige actualmente la justicia para adolescentes.

En el ámbito nacional, los cuestionamientos también alcanzan al Marco Constitucional Mexicano. El artículo 18 de la Constitución establece la existencia de un Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes aplicable a todas las personas de entre 12 y menos de 18 años. En concordancia, la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes prohíbe que los menores de edad sean juzgados bajo las reglas del derecho penal ordinario. En ese sentido, cualquier reforma que busque equiparar el tratamiento penal de adolescentes con el de adultos podría generar un conflicto de constitucionalidad y requerir una revisión judicial en caso de ser aprobada.

Aunque la iniciativa argumenta que su objetivo es responder al incremento de delitos graves cometidos por adolescentes y fortalecer la seguridad pública, hay que determinar si las modificaciones propuestas son compatibles con los principios de protección integral, interés superior de la niñez y reinserción social que sustentan el sistema mexicano de justicia para adolescentes y los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano. De igual forma, esta iniciativa de ley es similar a una que plantea el diputado federal Sergio Mayer, en la cual no se busca eliminar el Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, sino en hacer la distinción en aquellos casos en donde a los adolescentes que planean, organizan y/o graban sus delitos a conciencia se les aplique la ley de manera proporcional a la gravedad del delito; por lo que el debate radica en que si un adolescente no tiene la capacidad de comprender las consecuencias de sus actos, ¿cómo es que si tiene la capacidad para planear un ataque?

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