Marlene, Nancy y Araceli: Víctimas de las mismas omisiones
Las autoridades han dejado a las mujeres en un estado de “indefensa al no procurar medios de defensa y de protección; medidas cautelares”.
Laura Santos, integrante del Colectivo de Litigio Estratégico e Investigación en Derechos Humanos A.C (CLEIDH), señaló que ante los casos de feminicidios es necesario que se apliquen los protocolos y se investigue con perspectiva de género. Aseveró que, tras el acompañamiento en el caso de Marlene Fernanda, quien —se sostiene— se suicidó con una agujeta, el CLEIDH observó que la Fiscalía General del Estado faltó a los protocolos de investigación de feminicidio, además de ignorar los antecedentes de violencia.
“Tomamos el caso de Marlene porque la familia acude a nosotros y nos buscan. Empezamos a caminar con ellos, a preguntarles qué había pasado, y de ahí a llevarnos a más elementos de investigación y nosotros mismos a empezar a investigar y a observar. Ahí nos damos cuenta de que, sin duda, se faltó a los protocolos de investigación de feminicidio, porque estábamos hablando de la muerte de una mujer y se ignoran totalmente los antecedentes de violencia, que tienen un peso sobremanera en este tipo de caso”, explicó.
Otra de las omisiones que abordó la integrante del CLEIDH fue que, en el tratamiento que se le dio a las victimas indirectas del feminicidio de Marlene Fernanda, “a la hija de Marlene se le interrogó sin ningún tipo de acompañamiento y contención psicológica. A la mamá, está en el código y en los protocolos que tiene derecho al reconocimiento del cadáver, pero no se le permite esto hasta mucho tiempo después, que también provoca una revictimización en cuestión”.
La Fiscalía General del Estado autorizó el peritaje externo en el caso de Marlene Fernanda para descartar que la causa de muerte fuese asfixia por ahorcadura —con la dinámica de un suicidio— y se tipifique como un feminicidio.
Sentencia mínima en caso Araceli
Laura Santos hizo referencia al caso de Araceli, ocurrido en 2016, luego de que el 19 de julio se dictara la pena mínima por el delito de feminicidio: “Un caso de feminicidio contra una menor de edad; es un caso en el que hay múltiple evidencia, muchos datos de prueba (…) no se quiere la venganza, se busca justicia”.
Enfatizó que en el caso hubo un acuerdo entre la Fiscalía y el agresor, porque era un procedimiento abreviado (se declaró culpable) en donde no se incluyó a la familia de la víctima: “En esos acuerdos deben de estar el posicionamiento de la parte ofendida, en ese momento serían las víctimas indirectas, la mamá de la víctima y la abuela. Y a ellas no se les tomó en cuenta. Y, de hecho, se le quería ofrecer al victimario una pena menor”.
Remarcó que, de acuerdo con el artículo 126 BIS del Código Penal del Estado de Querétaro, con que se cumpla alguna de las fracciones estipuladas un asesinado puede ser considerado como feminicidio, y el que no se sancione “correctamente” es un mensaje para la sociedad.
Caso Nancy
Finalmente, aseveró que las autoridades han dejado a las mujeres en un estado de “indefensa al no procurar medios de defensa y de protección, medidas cautelares” al igual que Nancy Guadalupe: quien, antes de su feminicidio, envió una carta al gobernador Francisco Domínguez Servién en la que le expresó que no quería morir).