Otorgan pensión irregular a delegado de Carrillo Puerto
Pese a que no cumple con años de servicio, José Martín Herrera Castañeda recibirá una pensión correspondiente a 55% de salario
Por: Mánelick Cruz / Marissa Sánchez
El pasado 27 de marzo, al delegado de Carillo Puerto, Francisco José Martín Beatriz Herrera Castañeda, se le concedió una pensión por vejez de 55 por ciento con base en el sueldo de su empleo como delegado, que es de 96 mil 561 pesos con 30 centavos, por lo que su pensión, según está escrito en el periódico oficial, corresponderá a 53 mil 108 pesos con 71 centavos mensuales.
El delegado sólo acreditó 19 años de servicio y, de acuerdo a la ley, «tienen derecho a la pensión por vejez los trabajadores que habiendo cumplido sesenta años de edad, tuviesen veinte años de servicio».
Además, el 55 por ciento con respecto a su sueldo, corresponde a quienes acrediten 21 años de servicio, según la misma ley. El tiempo sobre sus trabajos anteriores, declarado de su último empleo, se empalma con el periodo como delegado. El último empleo fue del 3 de septiembre de 2013 al 25 de noviembre de 2014, sin embargo, él tomó protesta como delegado el 28 de agosto de 2013 y actualmente sigue en el cargo.
En entrevista, el presidente del Colegio de Abogados Litigantes, Calixto de Santiago Silva, consideró que el proceso en que se determina a quien le corresponde una pensión o una jubilación está bien hecho y que debemos confiar en las instituciones.
Sin embargo, opinó que a la sociedad queretana le molesta las cantidades de las pensiones que reciben los funcionarios y representantes populares, pues “se quieren jubilar en razón a sus últimos puestos, porque son los mejores que han tenido en toda su vida”.
Puso de ejemplo el caso del delegado Manuel Santana García, quien consiguió una pensión por vejez de 57 mil 852 con 90 pesos al mes, que corresponde el 75 por ciento de su sueldo como delegado de Santa Rosa Jáuregui.
“¿Por qué no se jubiló cuando tenía ese puesto (el anterior)? Y ahora (sí) como delegado, dejándonos Santa Rosa Jáuregui con todos los problemas sociales en los que se encuentra”, expresó el abogado.
En cuanto a la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro, aclaró: “son dos prerrogativas: el tiempo transcurrido dentro del trabajo o, en su defecto, la edad personal del individuo, y se pueden obtener por una cuestión o por otra”, sin embargo la ley dice en el artículo 139 “tienen derecho a la pensión por vejez los trabajadores que habiendo cumplido sesenta años de edad, tuviesen veinte años de servicios.”
Necesario transparentar situación de León Hernández
Sobre el caso del diputado Marco Antonio León Hernández, quien el pasado 23 de julio obtuvo una jubilación de 47 mil pesos mensuales, con base en su sueldo como legislador, el presidente del Colegio de Abogados Litigantes, consideró que sí es necesario que aparezcan los tiempos de sus trabajos anteriores en el diario oficial y, que si no aparecen ahí, deben estar en su expediente como una forma de transparentar cómo fue acreditado los años de servicio para que sus homólogos le autorizaran esa jubilación.
Agregó que “es un trabajo. (…) el patrón es el Estado. Yo así lo podría observar, en razón a un derecho adquirido que podría corroborar una persona” por lo que se deben contar esos tres periodos como diputado, opinó De Santiago Silva sobre la justificación para que León Hernández obtuviera una jubilación no como funcionario, sino como representante popular.
De Santiago Silva externó también su preocupación acerca de las jubilaciones en Querétaro. “La población en Querétaro se está volviendo vieja y tiene derechos adquiridos que se les van a tener que respetar. Tenemos que convertir las políticas públicas en políticas que observen el camino de la vejez”. Finalizó con que se deja a criterio de cada individuo el elegir, “en razón a su ética y responsabilidad, el momento de su jubilación”.
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