Para Francisco Domínguez… ¡todo el poder!
La reforma a la Constitución local dota alEjecutivo de facultades de injerencia directa en los poderes Legislativo y Judicial
Por: Ana Karina Vázquez Bautista
PARA DESTACAR: La modificación al artículo 22 de la actual Constitución implica que el gobernador se convierta en “jefe de las fuerzas de seguridad del Estado… de todas las corporaciones de seguridad, en la totalidad o parte del territorio estatal…”
La reforma a la Constitución local presentada por el gobernador Francisco Domínguez Servién que dota al Ejecutivo de facultades y atribuciones de injerencia directa en los poderes Legislativo y Judicial fue aprobada el 28 de abril, con mínimas modificaciones y prácticamente sin oposición por la Legislatura local.
En la iniciativa original, se contempla disminuir las atribuciones del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), y aumentar las del Consejo de la Judicatura. Actualmente, el Tribunal es el organismo supremo del poder judicial. Cabe señalar que dentro de las modificaciones propuestas por Domínguez Servién y aprobadas por la Legislatura, se encuentra el agregar a tres de los magistrados que ya pertenecían al Consejo, dos más, uno designado por los legisladores, y el otro, por el propio gobernador.
Los cambios señalados en las facultades del TSJ acotarían y disminuirían la participación de los magistrados que lo integran actualmente, así como también, omiten la procuración de los preceptos de equidad de género cuando de los miembros que ocupen los cargos se trata.
Asimismo, la iniciativa de reforma plantea el hecho de que el servicio de defensoría pública puede ahora ser cedido al sector privado, lo que, de acuerdo con las observaciones de la diputada por Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Herlinda Vázquez Munguía, “se abre la posibilidad de sustituir la obligación del estado para con la defensoría pública a través de particulares, vulnerando un derecho ciudadano tutelado en la norma máxima del país; por lo que permitir dicha situación, traería el riesgo de que en este ámbito se fomente la corrupción e innumerables injusticias, ya que no habrá mayor responsabilidad del Estado para con las víctimas y los ofendidos”.
Otra de las partes sustanciales que se reformarán se refiere a la modificación en el actuar de la Procuraduría General de Justicia, con la creación de la Fiscalía General, cuyo titular durará nueve años en el cargo, y será designado por la legislatura, a partir de la terna de candidatos que proponga el gobernador. La designación del fiscal general puede hacerse directamente por el gobernador después de que hayan pasado diez días sin que la legislatura lo hiciere.
El procedimiento por el cual se seleccionaría al fiscal elegido por el gobernador no se explica en la iniciativa, lo que sí se señala es que el actual procurador de justicia, Alejandro Echeverría Cornejo, pasaría a ser el nuevo fiscal general. Lo anterior sucede a pesar de que el procurador fue designado por el gobernador y en la redacción de la iniciativa, se alude a la necesidad de que el órgano contribuya a la independencia respecto del poder Ejecutivo
Por otra parte, la modificación al artículo 22 de la actual Constitución le atribuye al gobernador la obligación y la facultad de preservar el orden, la tranquilidad y la seguridad social en el estado, lo que en la iniciativa presentada implica que el gobernador se convierta en “jefe de las fuerzas de seguridad del Estado y asumir, cuando las circunstancias lo requieran y por el tiempo que resulte necesario, el mando directo e inmediato de todas las corporaciones de seguridad, en la totalidad o parte del territorio estatal…”
Las atribuciones que se le agregan al gobernador no especifican las situaciones en las que podría asumirlas, ni tampoco se faculta a algún otro organismo para que vigile criterios de justicia y pertinencia en el actuar del Ejecutivo estatal y se justifica por medio de la creación del Sistema Estatal de Seguridad.
Además, el proceso por el que se autorizará que el Ejecutivo promulgue una ley, reglamento, decreto, acuerdo o disposición ya no tendrá que firmar el secretario de gobierno y el secretario que tuviera relación con el asunto, sino que ahora sólo debe ser aprobador por el secretario de Gobierno.
La reforma contempla jubilaciones obligadas a los magistrados de 70 años, bajo el argumento de que “se crea el funcionario para la función, mas no la función para el funcionario”, enunciado en la iniciativa. Esto luego de que en diciembre se estableciera un tope en los salarios a pensionados, a través de la modificación a la Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro. A raíz de dicha legislación, seis de los 13 magistrados solicitaron su jubilación.
Sin oposición
La legislatura local respaldó la reforma constitucional, con 24 votos a favor y sólo uno en contra: el de la diputada Herlinda Vázquez, quien presentó ante el presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Héctor Iván Magaña Rentería, una serie de observaciones entre las que se contemplan las anteriormente señaladas.
El grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), encabezado por su coordinador Mauricio Ortiz Proal, manifestó, a través de un comunicado de prensa que “está dispuesto a proveer al Ejecutivo Estatal las herramientas que requiere…”
Los apuntes respecto a la debilidad con la que se planteaba la procuración de equidad de género señalados por la diputada Isabel Aguilar, fueron modificados para pasar a ser obligatorios, según expresa Ortiz Proal.
Cambios en la CEIG
La Comisión Estatal de Información Gubernamental (CEIG), pasaría a ser ahora la Comisión Estatal de Información Pública, a la que además del nombre, no se le añaden cambios en sus atribuciones, a pesar de que el coordinador del grupo parlamentario del PRI, señala que “con ello, se da paso al fortalecimiento de las facultades de este órgano autónomo constitucional”.