Querétaro: primer lugar nacional en acoso sexual

Tanto en el mes de septiembre como en el año, Querétaro ocupa el primer lugar nacional en acoso sexual, con 524 carpetas en tan solo 9 meses, mientras el año pasado la estadística llegó a las 599 carpetas, por lo que en caso de mantenerse la tendencia, se superará la cifra del 2020, con más de 690 casos, según el informe del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) y los datos analizados por el Laboratorio Universitario de Seguridad Ciudadana (LUSC) de la Universidad Autónoma de Querétaro.
Según el informe del LUSC con datos del SESNSP, al mes de septiembre Querétaro ocupa:
- primer lugar nacional de delitos por acoso sexual,
- tercero en violación equiparada,
- cuarto en violencia de género en todas las modalidades distinta a la violencia familiar,
- décimo en violación simple,
- decimoprimero en abuso sexual,
- decimonoveno en violencia familiar,
- vigesimosexto en otros delitos que atentan contra la libertad y la seguridad sexual.
En el caso de feminicidios, por segundo mes consecutivo, la Fiscalía General del Estado de Querétaro, no hizo reporte alguno a pesar de los homicidios en Loma Bonita durante el mes de agosto, o el asesinato de una mujer en la colonia Patria Nueva o el homicidio de Diana Coronado, en San Juan del Río. La institución asegura que ningún de estos, puede ser clasificado como feminicidio.
De acuerdo al reporte del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Querétaro es el noveno estado del país con más llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de abuso sexual por cada 100 mil habitantes, con 5.04 llamadas cuando el promedio nacional es de 3.62.
El Secretariado informó que de enero a septiembre de 2021 a nivel nacional hubo 7 mil 105 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de acoso u hostigamiento sexual, mayo fue el mes con más llamadas con 905 y pareciera que sigue la tendencia de 2020 en las que se reportó 8 mil 376 de estas y su mes con mayor actividad fue marzo con mil diecisiete.
Del total nacional de estas llamadas, 275 fueron realizadas en Querétaro con lo que se coloca en el lugar número nueve en el ranking nacional. En primer lugar, se encuentra Chihuahua con 907. En el caso de llamadas de emergencia por acoso u hostigamiento, Querétaro se posicionó en el cuarto lugar nacional con una tasa de 11.86 llamadas al 911.
Sobre las llamadas por incidentes de violación, a nivel nacional se registraron de enero a junio 2 mil 648 llamadas; julio fue el mes más activo con 345 para sumar un total de igual 3 mil 554 llamadas para solicitar apoyo en casos de violación. Y apropósito del delito, nuevamente, Querétaro se encontró en los primeros lugares de dicha categoría, ahora en el décimo con 93 llamadas, la Ciudad de México se encuentra en primer lugar con 401 llamadas.
Código penal y justicia
El Código Penal para el Estado de Querétaro, encargado de sancionar los delitos en la entidad, establece que, en términos de acoso y hostigamiento sexual, la pena puede ir desde uno a tres años de prisión y una multa de 100 a 600 días de multa, a quien “asedie a cualquier persona” con fines sexuales. Asimismo, se le impondrá de tres a seis años, de 1000 a 2000 veces el valor diario de la UMA, y desde 1000 hasta 2000 veces el valor diario de la UMA por concepto de reparación del daño, “a quien sin la autorización correspondiente divulgue o amenace con difundir video o imágenes eróticas sexuales de una persona, obtenidas con o sin el consentimiento de esta”. Dicha reforma fue adicionada en el Código Penal hace menos de tres años, el 12 de junio de 2019.
Sin embargo, en 2013 fue derogado el artículo 238 del delito de “pornografía de personas menores de dieciocho años de edad o que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho”. Dicho delito en el Código Penal Federal estipula que “se le impondrá pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa” a quien cometa dicho delito.
En el caso de violencia de género, se le aplicará pena de tres meses a tres años de prisión al que ocasione o promueva la violencia psicológica, física, sexual o patrimonial en contra de cualquier individuo por su pertenencia a un género.
Por otra parte, el Código sanciona con una pena desde los 12 hasta los 30 años de prisión a quien cometa el acto de violación (cópula), mientras que el abuso sexual sólo sanciona con dos a tres años a quien “sin el consentimiento de una persona y sin el propósito de llegar a la cópula ejecute en ella un acto sexual o la obligue a ejecutarlo”.
En cuanto al delito de feminicidio en Querétaro, las penas se elevan desde los 20 a 50 años de prisión y de quinientos a setecientos cincuenta días multa, mientras que en el Código Penal de la Ciudad de México va desde los 35 a los 70 años. Debido a la diversidad entre los 33 códigos penales en México (32 estatales y 1 federal) distintos órganos a nivel nacional, como la Universidad Nacional Autónoma de México, se han pronunciado a favor de la unificación de dichos códigos, pues las diferencias entre estos propician “impunidad e inequidades”. Sin embargo, esta iniciativa no ha trascendido.