Articulistas

El fraude consumado en las elecciones en el municipio de Querétaro

Fueron evidentes las intervenciones a favor de Nava, del gobernador Francisco Domínguez y del presidente municipal interino Enrique Correa Sada, de este último incluso se filtró a los medios una grabación en la que presiona a empleados del municipio para que voten por el candidato del PAN.

Para muchos de los que seguimos las pasadas elecciones del 1 de julio, en el municipio de Querétaro, dichas elecciones fueron un verdadero cochinero, avalado tanto por el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) como por dos Tribunales Electorales, el local del Estado de Querétaro y la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Desde antes de las elecciones, muchos ciudadanos de Querétaro fuimos testigos de una serie de irregularidades cuyo fin fueron favorecer al candidato del PAN a la Presidencia Municipal, Luis Bernardo Nava.

A los ojos de los queretanos fueron evidentes las intervenciones a favor de Nava, tanto del gobernador –Francisco Domínguez– como del presidente municipal interino –Enrique Correa Sada. De este último incluso se filtró a los medios una grabación en la que, de manera indebida, presiona a empleados del municipio para que voten por el candidato de Acción Nacional.

La estrategia de estos funcionarios es la misma que se ha usado desde que el PRI era el partido casi único en nuestro país: de manera sistemática y durante todo el período de campaña realizaron diversos recorridos en todo el territorio municipal de Querétaro con el fin de “verificar” y entregar obras y servicios públicos con la evidente intención de orientar el voto hacia su partido, el que quedó bastante desprestigiado luego de la pésima administración de Marcos Aguilar, quien no se atrevió a contender por su reelección a sabiendas de que perdería.

Las acciones del gobernador y del presidente municipal interino fueron difundidas de manera masiva usando diferentes medios de comunicación así como redes sociales.

En una elección en donde la diferencia de votos es mucha, se podría cuestionar que éstas acciones no incidieron en el resultado, pero en una elección en la que la diferencia fue de aproximadamente mil 500 votos de poco más de 400 mil (menos de medio punto porcentual) es claro que esas acciones si inciden en el resultado final.

Cabe señalar que no se trata de argumentaciones sin sustento legal. Por el contrario, las acciones de los funcionarios panistas violentaron los principios constitucionales de imparcialidad y de neutralidad que todas las autoridades y servidores públicos deben guardar durante los procesos electorales, principalmente durante las campañas electorales donde incluso la ley restringe el actuar de las entidades públicas de todos los niveles, sobre todo en materia de entrega y difusión de obras, servicios y programas sociales.

Otra cuestión que fue evidente, fue el rebase de los topes de campaña por parte del candidato del PAN. Claro que en el reporte de sus gastos ante la autoridad electoral se actuó con simulación. Por ejemplo, asignando cero pesos a ciertos eventos.

A las autoridades electorales se les hicieron llegar pruebas (testimoniales y gráficas, tanto en fotografías como en video) del actuar doloso e ilegal del PAN, al desplegar en todo el territorio municipal brigadas de “movilización” y compra de votos, previo y durante la jornada electoral, induciendo y coaccionando el voto en favor de su candidato; de tal manera que se violentó el principio de libertad y autenticidad del sufragio. Aún hoy pueden verse parte de dichas pruebas en el espacio de Facebook titulado Cazamapaches Querétaro.

La Coalición Juntos Haremos Historia solicitó la anulación de 368 casillas en donde hubo irregularidades, aproximadamente el 30 por ciento del total. Cabe señalar que una elección se anula si hay irregularidades en más del 20 por ciento de las casillas. Dichas irregularidades consistieron en: instalación de dos casillas en lugar distinto al señalado por el Consejo Distrital del INE sin causa justificada, 2 casillas; por realizar sin causa justificada el escrutinio y cómputo en lugar diferente al determinado por el consejo distrital del INE, 2 casillas; por recibir la votación en fecha distinta a la señalada para celebrar la elección, y que en el caso concreto se impugna el horario en que se recibió la votación en la referidas casillas, 68 casillas; por recibir la votación personas u órganos distintos a los facultados por la Ley, es decir que personas diferentes a las insaculadas y capacitadas por los Consejos Distritales del INE y que además no reunían los requisitos consignados en el artículo 83 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, 123 casillas; por haber mediado dolo o error en el cómputo de los votos, siendo esto determinante para el resultado de la votación, 76 casillas; por existir irregularidades graves y no reparables durante la jornada electoral, poniendo en duda la certeza de la votación, 97 casillas.

En un país medianamente democrático se deberían haber castigado tantas irregularidades sancionando al infractor. Es probable que de aquí en adelante las cosas cambien, si los congresistas de Morena legislan sobre el hecho de que los delitos electorales sean un delito grave, sin derecho a fianza. Veremos entonces cuántos se atreven aún a intentar cometer fraude.

anbapu05@yahoo.com.mx

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba