RVOE ¿Democratización de la educación vs. mercantilización?

En México, se han realizado diversas reformas en materia educativa y, particularmente a partir de la década de los setentas, se reconoce a las instituciones de educación superior privadas, regulando su incorporación al sistema educativo nacional.
Ante ello, desde finales de los años ochenta, se ha presentado la rápida expansión y aumento del sector privado en la educación superior. La educación superior privada ha experimentado un crecimiento de más del doble en lo que va del siglo XXI.
Esto implicó una serie de políticas públicas en educación superior como respuesta a que, por múltiples factores, las universidades públicas no contaban con los suficientes espacios para satisfacer la demanda y las necesidades de aspirantes que año con año realizaban procesos para el ingreso a dichos centros de estudio. Es así que, por diversos factores que van desde lo demográfico hasta lo sociológico, la cantidad de aspirantes que buscan ingresar a la universidad rebasa la capacidad de las instituciones públicas para recibirlos.
Así, tales acciones en conjunto formaron parte de diversas reformas educativas que se implementaron en México como parte de acciones que se plantearon el incremento en la cobertura y la ampliación de la misma para la garantía del acceso a la educación superior.
Para ello, se crearon diversos mecanismos de regulación de las instituciones privadas, como el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios del tipo superior, por sus siglas RVOE, para que dichas instituciones sean oficiales e impartan de manera regular los programas educativos para los cuales demuestran estar calificadas.
Así, el RVOE, es un registro oficial otorgado por la autoridad educativa federal o estatal, que implica también un acto administrativo mediante el que se determina la incorporación oficial al sistema educativo de un plan o un programa de estudio particular.
Frente a ello se presentan dos circunstancias que permiten repensar y replantear los efectos del RVOE en la configuración del sistema de educación superior en México. Por un lado, aporta elementos para abordar con mayor consistencia la regulación del sector privado en la educación, específicamente lo relacionado con aquellos vacíos en la implementación del reconocimiento; y por otro, da cuenta de la flexibilidad y dinamismo del sector privado, que ya no se limita a la diferenciación o la competencia, sino que se extiende a la conformación de agendas institucionales con objetivos más específicos, muchas veces estructurados a partir de intereses políticos y lucrativos.
En suma, las universidades públicas no precisan del RVOE, ya que su regulación y su control, dependen tanto de la Secretaría de Educación Pública, como de su propia autoridad y de las leyes y reglamentos que las rigen. Por ello, desde que se crean, forman parte del sistema educativo nacional, sin requerir un reconocimiento como aquel que necesitan, de forma expresa, las instituciones de educación superior privadas.
Por ello es preciso reflexionar sobre el alcance en la eficacia del RVOE ya que, al otorgarlo, se entiende que las instituciones que lo han obtenido cumplen con los requisitos mínimos para su operatividad, pero no garantiza la calidad de la educación que se da en las escuelas, universidades, centros o institutos, toda vez que no se contemplan acciones o evaluaciones permanentes de supervisión. De la misma manera, ante algunos vacíos en la regulación, se da pauta a acciones no éticas de las instituciones de educación superior privadas, como los tiempos de respuesta en el otorgamiento de diplomas o grados de estudio luego de haber cursado y aprobado el programa; por ende, la clara afectación a los egresados en detrimento de su derecho a la educación.
La reflexión nos lleva a concluir: ¿la democratización de la educación implica una mercantilización de la educación en detrimento de la calidad?



