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La rebelión cristera y el rebelde invisible

En los años más álgidos de la Guerra Cristera, el delito de rebelión se convirtió en una de las principales herramientas jurídicas utilizadas por el Estado para perseguir a presuntos levantados.

Uno de esos casos fue el que dio lugar a la apertura del expediente judicial iniciado el 19 de mayo de 1928 en Colón en contra de Primitivo Reséndiz por el delito de rebelión. A diferencia de otros procesos, en este no hubo captura, confesión ni declaración del acusado. El expediente se construyó a partir de sospechas y testimonios indirectos que no tenían relación alguna con Primitivo.

La investigación comenzó a finales de abril después de que autoridades municipales iniciaran las averiguaciones; llegaron al domicilio que según era de Reséndiz y se procedió al cateo. La casa permanecía abierta y sin huellas de violencia, lo que llamó la atención. En su interior había herramientas de zapatero, un pequeño aparato cinematográfico descompuesto, algunas películas y una imagen de la Guadalupana; señales de un supuesto rebelde devoto de la Virgen y vinculado a una cultura visual poco común para la región.

Los rumores sobre la presencia de los rebeldes acechaban la región e incitaban a las detenciones. El presidente municipal Rafael Veraza declaró que parecía que Reséndiz había huido y se presumía que estaba con los rebeldes. A partir de ello se elaboró un oficio notificando dichas sospechas. Una mujer llamada María Reséndiz declaró ser hermana del acusado y que él trabajaba como comerciante ambulante, aseguró desconocer si había viajado. También señaló que lo más probable es que haya decidido abandonar su domicilio “para evitar atropellos en su persona”.

El movimiento cristero marcaría la historia de Colón. Varias personas habían sido remitidas a Querétaro bajo sospecha de estar involucradas con los rebeldes. En el expediente aparece, tímidamente referido, el fusilamiento de un cristero en Soriano.

La autoridad concluyó que las diligencias practicadas no comprobaban la existencia de ningún delito en contra de Primitivo Reséndiz, por lo que el caso se cerró el 4 de octubre de 1928. Sin detenido, sin pruebas concluyentes y con escasos rastros sobre el propio acusado, la acusación terminó desvaneciéndose en el archivo judicial del mismo modo en que había comenzado: entre sospechas, rumores y sin presencia alguna del imputado.

Hasta ahora no existen más registros que permitan confirmar plenamente la relación de Primitivo Reséndiz con el movimiento cristero. Más que ofrecer certezas, el expediente permite observar cómo el Estado se valió de su poder coercitivo para crear prácticas de persecución en un contexto de extrema violencia.

Así, todo quedo en suposiciones: una supuesta huida de un supuesto rebelde, y los rumores sobre sus supuestos vínculos con otros rebeldes fueron suficientes para iniciar un proceso por el delito de rebelión.

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