CNDH va contra municipios por cobros excesivos en derecho a la información
Los 18 municipios del estado contemplan cobros excesivos para acceder a información pública, lo cual inhibe el ejercicio periodístico, consideró la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual pidió se declare inconstitucional esta práctica
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una demanda de acción de inconstitucionalidad contra les leyes de ingreso de los 18 municipios del estado pues establecen cobros excesivos para tener acceso a información pública. Estos cobros vuelven engañoso el ejercicio del derecho de acceso a la información, inhibe la tarea periodística y soslaya la obligación estatal de garantizar este derecho constitucional.
Si bien todos los municipios cayeron en esta práctica, los cobros más altos se dieron en cuatro demarcaciones. Por ejemplo en Cadereyta, donde por cada hoja reproducida en un CD pueden cobrar hasta 420 pesos; en El Marqués cobran 398.79 pesos por información entregada en CD; en Querétaro son 105.61 pesos por hacer una búsqueda en archivos y en San Juan del Río, 202.77 pesos por hacer lo mismo en archivo muerto.
El organismo nacional indicó que estas cuotas no tienen sustento constitucional y, por el contrario, representan un obstáculo para el ejercicio del derecho en cuestión. Además, al realizar cobros injustificados por materiales empleados en solicitudes de información afecta la función social de buscar información sobre temas de interés público.
La CNDH considera que el estado de Querétaro no da cumplimiento al texto constitucional y desconoce el derecho a la gratuidad con la imposición de barreras legales para consecución de ese derecho de las personas.
Ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se argumentó que los derechos fundamentales que se estiman violados son los derechos de acceso a la información, el principio de gratuidad en el acceso a la información y la obligación de garantizar derechos humanos. Las normas cuya declaración de invalidez se solicita fueron publicadas en el periódico oficial La Sombra de Arteaga el 26 de diciembre de 2018
Entre los argumentos dados resalta que el derecho de acceso a la información fue reconocido a nivel constitucional derivado de la reforma a su artículo 6, el 6 de diciembre de 1977; posteriormente, el 20 de julio de 2007, dicho artículo sufrió diversas adiciones para establecer, entre otras cosas, que el acceso a la información pública es gratuito y para acceder a ella no es necesario acreditar interés alguno o justificar el uso que se vaya a dar a la misma.
Contrario a dicho derecho fundamental, el 26 de diciembre de 2018, se publicaron en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro La Sombra de Arteaga, los decretos por los que se expidieron las Leyes de Ingresos de los 18 municipios para el ejercicio fiscal de 2019, en donde se establecen cobros por la búsqueda de información, así como costos excesivos por la reproducción de la misma.
Por ello, a juicio de la CNDH, las disposiciones impugnadas inhiben el ejercicio pleno del derecho de acceso a la información, al imponer erogaciones económicas injustificadas y desproporcionales al solicitante, ya sea cuando la autoridad proporciona el medio de reproducción o por la búsqueda de la información solicitada.
Los altos costos
Si bien los 18 municipios incurrieron en esta práctica, los casos que resaltan son el de Amealco de Bonfil, donde por búsqueda en archivos cobran 54.91 pesos y por reproducción en CD 4.22 pesos por hoja; en Cadereyta de Montes, por fotocopia, hoja o digitalización por hoja en tamaño carta cobran hasta 84.49 pesos y en tamaño oficio hasta 168.13 pesos, además la reproducción en CD por hoja tiene un costo máximo de 420.76 pesos.
En Corregidora, la reproducción en CD por hoja la cobran en 18 pesos y la información entregada en CD cuesta 150 pesos; en El Marqués, por cada fotocopia o digitalización de una hoja cobran 88.71 pesos, mientras la información entregada en CD tiene un costo de 398.79 pesos.
En el Municipio Querétaro por búsqueda de información se contempla hacer un cobro de 105.61 pesos; en San Juan del Río por búsqueda en archivo muerto para administraciones anteriores el cobro es de 202.77 pesos, y en Tolimán por fotocopia, digitalización de hoja o reproducción en CD por hoja contemplan cobrar hasta 84.49 pesos.
Finalmente cabe recordar que la ley reglamentaria del artículo 6 de la Constitución federal, que dio origen a Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, precisa que sólo podrán realizarse cobros para recuperar los costos de reproducción y envío de la información, así como los derechos relativos a la expedición de copias certificadas.