¿En manos de quién está la justicia (hídrica) de Querétaro?

Habitantes del Fraccionamiento Campestre San Isidro, en el municipio de El Marqués, llevan tres años sin servicio de agua. Se abastecen por pipas que les cuestan alrededor de 700 pesos por mes.
El área está controlada por Polo & Ski S.A de C.V., una de las operadoras privadas mencionadas en el documental Los Feudales del Agua, que abastece parte del fraccionamiento de manera irregular mediante un pozo con permiso de aprovechamiento para uso agrícola, registrado ante la Comisión Nacional del Agua con el nombre de una persona fallecida en 2014. El fraccionamiento, originalmente abastecido por Desarrollos Campestres Queretanos S.A., pasó a ser suministrado por dicha empresa cuando en 2015 el Ayuntamiento la reconoció como organismo operador.
En enero de 2018, la Asociación de Colonos y el entonces presidente municipal convinieron que los habitantes suscribirían contratos individuales obligándose a instalar un medidor de agua, fijando para ello un plazo de 60 días. En 2019 con la instalación de nuevos medidores las tomas de vecinos sin contrato comenzaron a considerarse ‘clandestinas’ y por lo tanto sujetas a multas.
En 2020, bajo pretexto de un proyecto de rehabilitación de la red hidráulica financiada por el Estado, la antigua infraestructura se desmanteló, dejando fuera de la conducción más de 200 domicilios. Desde entonces los colonos reciben distintas formas de coacción para contratar con la operadora privada.
Los habitantes, en su mayoría adultos mayores, han denunciado ante distintas autoridades, incluida la Fiscalía del Estado en 2018, la Comisión Nacional del Agua en 2019, la Defensoría de Derechos Humanos de Querétaro en 2021, y los Juzgados Federales en 2022, sin que hasta ahora se haya reestablecido su derecho al agua y al saneamiento.
La Defensoría de Derechos Humanos calificó la queja como posible violación de la seguridad jurídica y el derecho de petición, sin mencionar el derecho al agua pese a ser el corte arbitrario del suministro el principal hecho denunciado. Más de 14 meses después, con solo ocho actuaciones de investigación, la Defensoría se declaró incompetente por estimar que se trataba de actos entre particulares y no encontrar – a su criterio- irregularidad administrativa. Además, señaló que los quejosos debieron solicitar el servicio a la Comisión Estatal de Aguas, cosa que sí hicieron. La queja se archivó.
Por su parte, la Jueza, vinculada a la liberación de Rodrigo Medina en Nuevo León, negó la suspensión provisional sin nombrar una sola vez al derecho humano al agua ni basarse en ninguno de sus criterios. En un juicio de derechos fundamentales… Sobra decir más. Luego negó el amparo.
El nivel de evasión y de omisión refleja el de cooptación de las instituciones en cuyas manos está (si así lo quisieran) la resolución justa. Igual que en La Pradera y otros casos que irán saliendo, cinco años de impunidad y tres de violaciones sostenidas de derechos humanos en San Isidro, sin que una sola autoridad responda por ello, obligan a preguntarse cuándo, a través de quién y cómo llegará entonces a Querétaro la justicia hídrica. Ojo. La ley aprobada en mayo de 2022 no ha hecho ninguna diferencia. Por el contrario, valida el status quo en su quinto transitorio.