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El IEQ se burla de la transparencia

Mientras el instituto sanciona las faltas de los actores políticos, incumple la Ley de Acceso a la Información

Por: Jeny Iraí Silva Reyes

En lo que constituye una violación al Derecho de Acceso a la Información Pública y a la Transparencia, el Instituto Electoral de Querétaro (IEQ) entregó -en respuesta a una solicitud de información- un juego de más de 600 copias que, además de no contar con la totalidad de lo que fue solicitado, hace omisión de datos que son considerados como públicos de acuerdo con la Ley Estatal de Acceso a la Información.

El Instituto obstruyó el ejercicio de un derecho que debería ser accesible para toda persona.

El 4 de abril de 2014, Tribuna de Querétaro solicitó a través de la Unidad de Información Gubernamental del IEQ la siguiente información:

1)      Copias de documentos (recibos, cartas, etc.) que comprueben el gasto erogado en la liquidación de personal del IEQ desde 2011 a la fecha.

2)      Copias de documentos (recibos, cartas, etc.) que comprueben el gasto erogado en liquidaciones de consejeros del IEQ desde 2011 a la fecha.

3)      Lista de personal que se ha dado de alta y baja en el IEQ desde que entró el Consejo, en diciembre de 2010, a la fecha.

El 29 de abril, el Instituto dio respuesta a la solicitud con número de expediente UIG/009/2014 y señaló que el costo total por las copias que contenían la información era de 649 pesos, cantidad que debía ser liquidada en la Coordinación Administrativa del IEQ en un término de 10 días hábiles después de haber recibido la notificación por parte de la Unidad.

El martes 6 de mayo, tras recibir el oficio UIG/039/2014, Tribuna de Querétaro realizó el pago correspondiente; no obstante, por problemas técnicos administrativos en el Instituto, la información fue entregada hasta un día después.

Este medio obtuvo 649 copias simples, de acuerdo con el oficio CA/085/14 signado por Arturo Rosendo de Santiago Valencia, mismo que posteriormente fue emitido por el titular de la Unidad de Información Gubernamental, Juan Rivera Hernández.

Dichas fotocopias correspondían a los recibos de finiquito de personal y consejeros electorales del IEQ del año 2011 hasta la fecha, y la lista del personal dado de alta y baja en el mismo, a partir de diciembre de 2010.

Sin embargo, la información que los documentos proporcionan es parcial, ya que nombres y otros conceptos que no son considerados estrictamente como información confidencial fueron tachados de los recibos de finiquito. De este modo, la información obtenida es imprecisa, confusa e incompleta. En las fotocopias solamente se alcanza a distinguir el puesto del personal a quien se le destinó el recurso, las fechas de ingreso y baja, así como el monto a pagar.

Por su parte, el Instituto Electoral no justificó o informó el motivo o razón por la que habían sido tachados dichos registros.

En cuanto a la información concerniente a los recibos de consejeros electorales, no se encontró, entre el cúmulo de fotocopias, ninguno que tuviera como descripción dicho cargo.

Esta cuestión resulta contradictoria si se toma en cuenta que en el directorio ubicado en la sección de transparencia del sitio oficial aparecen el cargo y el nombre de cada integrante del Consejo, con la descripción de tal.

Aunque en la solicitud presentada ante la Unidad de Información Gubernamental no se especificaba la petición de los nombres de los servidores a quienes correspondía cada liquidación, tampoco era facultad del organismo eliminarlos.

De las 649 copias que el IEQ entregó a este semanario, tan sólo 15 cumplían satisfactoriamente con una de las peticiones contenidas en la solicitud formulada: la que atañía a la lista de personal que se ha dado de alta y baja en el Instituto desde que entró el Consejo, en diciembre de 2010, hasta la fecha.

Con base en estos hechos, se advierte una obstrucción al acceso a la información por parte del Instituto Electoral de Querétaro; en parte porque la información entregada está incompleta y, por otra, porque se oculta el nombre de los destinatarios de recursos públicos.

Esto incumple con lo dispuesto en la fracción XIV del artículo 7, capítulo segundo, de la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro, que señala que “los destinatarios y el uso autorizado de toda entrega de recursos públicos, cualquiera que sea su destino” es información pública que incluso debería de aparecer en su portal de transparencia en internet.

La cuestión de reservar los nombres, conceptos y montos de los recibos de finiquitos del personal del IEQ oculta información y dificulta el ejercicio de acceso a datos que son públicos, debido a que el dinero otorgado es recurso público y el nombre de los destinatarios también debería serlo.

No así los datos cuya reserva se justifica, como lo son las firmas personales de cada individuo, o en el caso pertinente, los importes y deducciones de cada empleado, que de acuerdo con la ley son datos confidenciales.

 

Mientras el IEQ sanciona las faltas correspondientes a actividades irregulares de precampaña de algunos actores políticos, su actitud respecto a La Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro expone la negativa cumplir con lo que dicta dicha ley.

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