Aumento a tarifa de transporte fue inconstitucional, según Tribunal
Ana Karina Vázquez

El acuerdo que autorizó el aumento a la tarifa del transporte público en Querétaro es anticonstitucional, de acuerdo con la resolución del Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito; la determinación puede ser el comienzo de un proceso para sancionar por responsabilidad administrativa al director del Instituto Queretano del Transporte (IQT), en primera instancia, y al resto de los miembros que integran su Consejo, según el abogado César Tarello Leal.
El primer responsable de haber incumplido con la presentación de un estudio completo con la metodología con la que fue hecha y toda la información requerida para sustentar un aumento que tendría implicaciones económicas la mayoría de la población.
“Lo que sigue es que lo denunciemos por responsabilidad administrativa porque quiere decir que entonces él le presentó al consejo y todos los miembros del consejo son responsables, no sólo el director”, señaló. Entre los miembros del Consejo se encuentra el gobernador Francisco Domínguez Servién, así como los secretarios de gobierno, de la contraloría y de planeación y finanzas.
El acuerdo aludido fue aprobado en 2019 e incluyó la alusión a un supuesto estudio socioeconómico, peritos especializados han determinado que lo que se presentó como tal, no cumple con las características mínimas para ser considerado un estudio de esa naturaleza.
No obstante, la resolución sólo será aplicada a la persona quejosa, a pesar de que en el despacho de Tarello Leal llevan cinco casos de amparos idénticos, sólo en un caso se ha tomado dicha determinación.
Manifestó que el resto de los jueces de distrito que han atendido los amparos han actuado con actitudes deleznables, incluso, que “hubo una jueza de distrito que dijo que no podía amparar a los quejosos porque no les causaba ningún perjuicio que les hayan subido la tarifa porque tienen pies y pueden caminar”.
A pesar de la limitación que implica el hecho de que sólo será aplicable a una persona, el especialista señaló que “lo importante aquí es la determinación jurisdiccional que le está diciendo al gobierno del estado que todo su acuerdo es inconstitucional porque nunca hicieron el estudio socioeconómico: no se agregó al informe, no se agregó al acuerdo mismo, no existe”.
Respecto a lo que en el acuerdo se incluyó como estudio que justificara el aumento en la tarifa, “se solicitó una prueba para que un perito dijera si eso que estaba en el expediente era o no un estudio socioeconómico y todos los peritos coincidieron en que eso no era un estudio socioeconómico”. En cuanto a la resolución que definió al acuerdo como inconstitucional, el abogado declaró que “queda claro que el gobierno le vio la cara a los ciudadanos, que no hizo un estudio socioeconómico como lo manda la ley y a pesar de ello aprobó un aumento violacional de la tarifa para darle gusto a sus amigos los concesionarios”.