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Marihuana: Contradictorio que leyes mantengan criminalización a consumidores

Con toda la información que se tiene hoy respecto a la marihuana, resulta contradictorio que las leyes mantengan la estigmatización contra dicha sustancia y sus consumidores, subrayaron Laura Zavala y Luis Mercado, ambos integrantes de Random Collective, organización dedicada a promover la legalización de dicha planta. Ambos atribuyeron los prejuicios a que esta sustancia es muy conocida y de fácil acceso.

“Pues bueno, primero que nada hay que entender que la estigmatización es un señalamiento negativo hacia algo. En el caso de la marihuana, pues bueno, nuestras leyes principalmente lo asocian con drogadicción, y delincuencia, con narcotráfico, sin tener realmente conocimiento de los beneficios que la planta tiene.”

Actualmente existe un problema de salud pública con estupefacientes como el cristal que se disparó en México, mientras que el cannabis redujo casi en la mitad su consumo del año 2017 al 2022 según el Observatorio Mexicano de Salud Mental y Consumo de Drogas.

“Se siguen teniendo las peores ideas del cannabis, cuando actualmente el cristal representa un riesgo mayor, pues principalmente es por desconocimiento porque la marihuana no es catalogada como un opioide. Como ejemplos peores tenemos a la morfina, codeína, fentanilo y heroína; entonces esto no puede catalogarse de la misma forma a pesar de que existen diversos estudios mundiales que comprueban los beneficios de la planta”.

Ley con poca perspectiva

La Ley General de Salud marca que una persona puede portar hasta 5 gramos de marihuana para consumo personal y el artículo 477 de la misma, sostiene que en caso de exceder los 5 kilogramos de dicha sustancia, una persona es sujeta a una pena de 10 meses a tres años de prisión, así como una multa de 80 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente, es decir, 8 mil 299 pesos al valor de este 2023.

Cabe señalar que la Ley General de Salud no distingue entre el Tetrahidrocannabinol (THC), la sustancia psicotrópica, y el Cannabidiol (CBD), que tiene propiedades medicinales.

“La Ley General de Salud y la Suprema Corte nos permite ejercer el derecho a libre desarrollo de la personalidad, nos permiten consumir portar cierta cantidad de cannabis, pero al mismo tiempo criminalizan la comercialización de la misma entonces no hay una congruencia basada en el cual como tú puedes obtener”.

Actualmente es posible consumir la planta bajo ciertas condiciones, como no hacerlo frente a menores de edad, aunque paradójicamente la comercialización de la marihuana no es posible debido a la falta de un marco normativo.

Breve historia de la apertura

El primer amparo resuelto a favor de un grupo de personas para el consumo lúdico de marihuana data del 4 de noviembre de 2015; fue promovido por cuatro personas, que en mayo de 2013 solicitaron Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) un permiso para consumo personal y regular, el cual les fue negado.

La sentencia del amparo 237/2014, cuya ponencia estuvo a cargo del ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, concluyó que la Cofepris debe otorgar la autorización correspondiente ya que la normativa vigente limita el libre desarrollo de la personalidad.

Más amparos fueron discutidos y en junio de 2021, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la prohibición absoluta al consumo lúdico o recreativo de cannabis.

La SCJN consideró que con esta declaratoria se remueve el obstáculo jurídico para que la Secretaría de Salud, a través de la Cofepris, autorice las actividades relacionadas con el autoconsumo de cannabis y THC. En la resolución, llamó al Congreso de la Unión a legislar respecto al autoconsumo recreativo de cannabis en un plazo de 90 días, lo cual no ha ocurrido.

En noviembre de 2020, la Cámara de Senadores aprobó la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y la Cámara de Diputados hizo lo propio en marzo de 2021, que ya ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).  Según el orden jurídico vigente, solamente está vigente el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos.

En últimas semanas el consumo y venta de marihuana fue puesto en la agenda por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, quien habló de los permisos específicos otorgados a Vicente Fox Quesada; calificó como “inmoral”, el que un exmandatario se dedique a un negocio de esta naturaleza.

Jesús Mora

Estudiante de la carrera de Comunicación y Periodismo en la UAQ 𝔩 Guanajuatense 𝔩 Reportero en formación 𝔩 Entusiasta del mundo del entretenimiento 𝔩 "Hasta los dioses disfrutan de las bromas"

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