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Abuso de autoridad: Justicia para indígenas agredidos en Querétaro llega 7 años después

Tuvieron que pasar siete años para que Esther, Alberto y Amy, indígenas de la etnia maya tzeltal, accedieran a la reparación del daño por el abuso de autoridad del que fueron víctimas el 4 de septiembre de 2015, cuando agentes del Instituto Nacional de Migración (INM) los detuvieron en Querétaro.

En aquella fecha, según el amparo 275/2019, revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), personal adscrito a la delegación Querétaro del INM, detuvo un autobús en la caseta de Palmillas para realizar una revisión migratoria. Los agentes pidieron a los pasajeros sus identificaciones y bajaron aproximadamente a diez personas, entre ellas estaban Esther, Alberto y Amy, del municipio de Ocosingo, Chiapas.

Las personas afectadas iban rumbo a Sonora para trabajar en los campos agrícolas; mostraron el acta de nacimiento de la menor de edad y dos identificaciones oficiales que acreditaban su nacionalidad mexicana; a pesar de ello, los agentes migratorios determinaron que se trataba de “documentación falsa” y provenían de Guatemala.

Las tres personas originarias de una comunidad de Chiapas fueron detenidas y llevadas a la estación migratoria, ahí recibieron hostigamientos para que firmaran papeles con los que declaraban ser de Guatemala y no se les asignó un traductor. Aun así, no cedieron a las presiones y una semana después se obtuvieron las pruebas suficientes para su liberación.

Desde septiembre de 2015, la clínica jurídica del Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM) y el Instituto para las Mujeres en la Migración, se encargaron de meter una queja ante la CNDH y un amparo para denunciar los actos degradantes que padecieron Esther, Alberto y Amy.

Siete años después, la SCJN determinó en sesión durante mayo pasado que los integrantes de la etnia maya tzeltal habían sido víctimas de malos tratos y merecían reparación de daños conforme la ley en materia, ya que se acreditaron violaciones a los derechos humanos por parte de personal del INM adscrito al estado de Querétaro.

Como parte de la resolución de la Primera Sala de la SCJN, el 18 de mayo, se reconoció la inconstitucionalidad de los artículos 97 y 98, con los cuales se promueven revisiones migratorias basadas en criterios racistas y discriminatorios. En el comunicado oficial, sostienen además que los artículos violan el derecho de libertad de tránsito, sobre todo de quienes son parte de pueblos indígenas o afromexicanos.

Katia Santoyo

Estudiante de la licenciatura en Sociología de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales en la Universidad Autónoma de Querétaro. En proceso de la formación conjunta socióloga en periodismo. Reportera de Tribuna diario desde enero de 2022.

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Un comentario

  1. Afortunadamente por fín se les hizo Justicia, y deben de ser su reparación del daño de bastante cantidad de dinero ya que perdieron la oportunidad de ganarlo trabajando, debo de destacar el apoyo que les brindaron gente de Programa Universitario de Derechos Humanos de la Universidad Nacional Autónoma de México (PUDH-UNAM) y el Instituto para las Mujeres en la Migración ya que el solo pensar en enfrentarse a semejantes energúmenos se aterrorizaron….

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